viernes, 2 de diciembre de 2022

ICV Capítulo 8: La Impunidad

 


Introducción

En este post se incluyen los aspectos sobresalientes relacionados con La Impunidad que se ha extendido en Colombia durante las últimas décadas, con base en el Informe de la Comisión de la Verdad (ICV)*, transcrito en una versión sintética que extracta los principales hallazgos, siguendo el texto original aunque excluyendo algunos detalles que pueden consultarse en el enlace que aparece en la Referencia al final de este post, tales como testimonios, referencias bibliográficas y notas de pie de página. Por otra parte se ha simplificado la numeración, así como también los títulos y subtítulos, para que de esta manera resulte más atractivo a los lectores, pues muchas personas se desaniman al ver la extensión de las publicaciones originales (25 volúmenes y 8,464 páginas), y para facilitar su localización se incluye en cada párrafo el número de la página o páginas del Informe en el cual se encuentra.   

Síntesis                             

“La impunidad que se despliega como un círculo vicioso es causa y a la vez consecuencia de las violaciones derivadas del conflicto. Lo es también el desconocimiento de la justicia como un derecho. Este no solo tiene una dimensión legal o judicial, sino también una política cuando se trata de controlar a la justicia o de usarla al servicio de intereses oficiales o privados, sin asumir las responsabilidades surgidas de las graves violaciones cometidas en el país” (p.528)

“La impunidad aumenta las probabilidades de repetición y debilita la legitimidad de las instituciones democráticas… Al mismo tiempo, transmite un mensaje de desesperanza social y de permisividad ante la violencia. La negación de justicia y la desatención a las víctimas deriva en visiones de desconfianza hacia el Estado y también, de algún modo, en obstáculos a las posibilidades de los habitantes de ser respetados como ciudadanos” (p.528)

“En Colombia, la justicia ha sido encasillada en los propósitos de los estados de excepción, con omisiones o tendencias contrainsurgentes que dejaron sin sanciones muchas violaciones de derechos humanos. Adicionalmente, en diferentes momentos del conflicto armado, el sector judicial fue atacado, con agravantes de impunidad, a pesar del compromiso y de los avances de muchos de sus funcionarios. La corrupción y la cooptación de las instituciones para neutralizar investigaciones del conflicto también se han sumado a esta crítica situación. La incidencia negativa de la extradición en los derechos a la verdad y la justicia en Colombia, en relación con las víctimas del conflicto armado, completó el panorama de los últimos tiempos” (p.529)

“A lo largo de sucesivos gobiernos, las autoridades de Colombia han promovido numerosas reformas a la justicia que podrían haber dado respuestas. Sin embargo, estas fueron innovaciones más formales que reales: nuevas leyes, ajustes de nombramientos en magistraturas, juzgados o tribunales, pero pocos avances auténticos para desmontar los entramados de la criminalidad y las organizaciones armadas” (p.529)

Escasez, falta de prioridad y fragmentación 

“Los datos que la Fiscalía General de la Nación presentó ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sobre el impacto del conflicto armado en materia penal muestran un claro déficit en investigación judicial. Hasta abril de 2018, la Fiscalía reportó 223.282 casos en la jurisdicción ordinaria relacionados con el conflicto armado por hechos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016, que corresponden a 184.951 víctimas. Hasta 2022, por su parte, el Registro Único de Víctimas (RUV) contó 9.363.124 víctimas” (p.530)

“Hay, en breve, una gran brecha entre lo que ocurre y lo que se investiga… La escasez en la acción de la justicia en comparación con la magnitud de los crímenes comienza con la falta de información. Sobre muchos delitos graves como la desaparición forzada no existe un registro consolidado, pero que los estudios de la Comisión señalan, con base en fuentes oficiales, que han sido más de 120.000 personas” (p.531)

“El Estado colombiano ha avanzado significativamente en las condiciones laborales de la rama judicial en comparación con los tiempos en los que había una gran precariedad en la justicia, debido a su dependencia total del ejecutivo y a la injerencia de los partidos políticos. En 2018, según cifras oficiales, se alcanzó una cobertura del 100 % del territorio nacional haciendo presencia en 1.103 municipios, en contraste con el año de 1993, cuando solo había presencia de jueces en 970 municipios” (p.533)

“El sistema carcelario ha combinado escenarios de extrema precariedad con burbujas de lujo para los presos de renombre, secretos guardados o develados sobre los tiempos de los consejos verbales de guerra, de la justicia sin rostro, del proceso 8.000, de la parapolítica o de los incontables escándalos de corrupción que se divulgan a diario, incluido el del «cartel de la toga», un escándalo judicial que terminó en procesos judiciales por cohecho y concusión contra varios ex magistrados de la Corte Suprema de Justicia, un fiscal anticorrupción, congresistas, exgobernadores y varios abogados, por lucrarse de la desviación penal de expedientes de la parapolítica, la corrupción y, por supuesto, de la guerra” (p.535)

Bloqueo de mecanismos relevantes de investigación 

“En la Constitución de 1991, se reforzó la justicia a través de la Fiscalía, la Corte Constitucional y la Defensoría del Pueblo. Para la investigación penal, la creación de la Fiscalía significó un hito relevante pues fortaleció la capacidad investigativa de los delitos… Si bien la Fiscalía de DDHH llevó a cabo investigaciones con resultados positivos, su trabajo fue obstaculizado mediante amenazas y complicidades en las que intervinieron altos mandos militares y la propia Fiscalía durante la administración de Luis Camilo Osorio” (pp.538-540)

“Inicialmente, esta investigación abrió la posibilidad de acceder al núcleo fundamental de las finanzas del narcoparamilitarismo. En la documentación incautada, aparecieron numerosos nombres de empresas, organizaciones y testaferros. Sin embargo, las personas capturadas, procesadas por concierto para delinquir, solicitaron sentencia anticipada y Jacinto Soto Toro, capturado el día del operativo e individualizado como jefe de las finanzas de las AUC, se fugó de la cárcel Bellavista, por la puerta, gracias a una boleta de libertad firmada por un fiscal que obró fraudulentamente. Solo años después, las investigaciones contra una cuñada de Carlos Castaño, que en su momento manejó las finanzas de la fundación Funpazcor, demostraron el alcance de la información para probar el despojo de tierras. Sin embargo, en su momento, la Dirección Nacional de Fiscalías optó por dar continuos traslados a la investigación, lo que terminó por obstaculizarla. Dos investigadores del caso señalaron que la información más importante del caso terminó desapareciendo de la Fiscalía y, cuando trataron de revisar el expediente, «esa investigación del Parqueadero Padilla, de las finanzas de las Autodefensas, eso fue un monstruo ¡y desapareció!»” (p.541)

Cooptación de la justicia 

“En términos de verdad, debe quedar claro que durante la administración del fiscal Luis Camilo Osorio (2001-2005) se dio la cooptación de la Fiscalía General de la Nación por parte del paramilitarismo, como han reconocido numerosos investigadores e investigaciones, incluida una de Human Rights Watch… La Comisión entrevistó a varios funcionarios que laboraron en esa época en el ente investigador y que dieron cuenta del ambiente adverso que tuvieron los fiscales con investigaciones en temas de derechos humanos. De acuerdo con estos testimonios, hubo súbitos traslados a otras ciudades, destituciones, supresión de comisiones para investigar, cierre de sus investigaciones y otro tipo de medidas para obstaculizar su labor” (pp.541-542)

“El Iguano reveló a las autoridades diferentes formas de complicidad existentes entre los paramilitares y varios agentes de la Fiscalía y del CTI. Un efecto adicional de dicha colaboración criminal fue la práctica de los hornos crematorios para desaparecer los cuerpos de las víctimas. Según narró alias El Iguano, la idea provino de una alerta que les enviaron desde la Fiscalía respecto a que se iban a adelantar algunas investigaciones en la región y que, si encontraban todos los cuerpos que ellos habían desaparecido, se iba a formar un escándalo. Por esto, comenzaron a emplear los hornos para hacer ladrillos como hornos crematorios para «desaparecer las evidencias de los homicidios y así no aumentar las cifras de las estadísticas»” (p.543)

“La gravedad de la complicidad de agentes de la justicia o encargados de ejercerla no solo se presentó frente a los grupos paramilitares. También hay evidencia de que, en el caso de los «falsos positivos», hubo participación de integrantes de la Fiscalía y el CTI. Estos contribuyeron a la dinámica de «legalización» de cadáveres, certificando pruebas falsas, implantando evidencia fraudulenta y generando un esquema de impunidad para que la maquinaria de muerte se siguiera cometiendo hasta llegar al menos a 6.402 víctimas entre los años 2002 y 2008” (p.544)

Los tribunales de Justicia y Paz: verdades reveladas y tareas pendientes 

“En 2005, como parte del proceso de desmovilización de las AUC, se aprobó la ley de Justicia y Paz, que estableció una pena privativa de la libertad más blanda para quienes no volvieran a delinquir. Para 2010, el Gobierno había reportado 31.671 paramilitares «desmovilizados», pero tan solo 3.635 estaban postulados a la ley. En otras palabras, 28.036 paramilitares que no tenían procesos abiertos o condenas salieron libres de todo cargo, pues no se les había podido individualizar” (p.544)

“El proceso de Justicia y Paz reveló las verdades sobre el actuar de los grupos paramilitares, estableció los nexos con la fuerza pública, dio detalles de relaciones con empresarios y políticos en diferentes regiones y señaló cómo se habían llevado a cabo masacres y ejecuciones extrajudiciales. También mostró que las desapariciones forzadas se hicieron para no dejar pruebas, por indicaciones tanto de miembros de la fuerza pública como de la Fiscalía para evitar las investigaciones, y dejó ver el nivel de coordinación y complicidad con los militares con que se llevaron a cabo las acciones y su extensión por todo el país” (p.545)

“Los Tribunales de Justicia y Paz, desde su entrada en funciones hasta junio de 2020, emitieron por cuenta de la Sala de Justicia y Paz de Bogotá 40 sentencias condenatorias con 447 postulados condenados –incluyendo los máximos comandantes de las AUC– y reconocieron judicialmente a más de 40.000 víctimas para efectos de reparación integral… No obstante, algunos de estos procesos de desmovilización fueron fraudulentos. Se reclutaron miembros de grupos paramilitares a última hora y se produjeron desmovilizaciones ficticias de bloques enteros, como ocurrió con 62 supuestos integrantes del frente Cacica La Gaitana de las FARC-EP el 7 de marzo de 2006, en Alvarado, Tolima (p.546)

“Según la Fiscalía, hubo un detrimento al patrimonio cercano a los 1.119 millones de pesos por el que fue imputado el excomisionado de Paz, Luis Carlos Restrepo Ramírez, quien abandonó el país el 8 de febrero de 2012, sin contar la verdad ni someterse a la justicia… Otra medida gubernamental que bloqueó el derecho a la verdad de las víctimas fue la extradición a Estados Unidos, en mayo de 2008, de los altos mandos de las AUC que se acogieron a Justicia y Paz. El presidente Uribe argumentó que era la forma de garantizar la justicia contra estos comandantes, ya que se alegó que estos seguían delinquiendo desde sus lugares de reclusión” (p.547)

“Según los testimonios recibidos por la Comisión de la Verdad, las extradiciones fueron llevadas a cabo por motivos políticos, sin tener en cuenta los derechos de las víctimas. Estas limitaron el acceso a la verdad y la justicia en el país. Ninguna de las alertas que se dieron en su momento sirvió para proteger el derecho a la verdad de las víctimas. La Dirección de Justicia Transicional de la Fiscalía reportó a la Comisión que, a 2020, se registraron 447.471 formatos de víctimas que buscaron participar en los procesos. Muchas de ellas, sin embargo, decidieron no hacerlo en audiencias o siquiera inscribirse. Unos de los factores que disuadió a las víctimas fueron los hostigamientos, las amenazas y los asesinatos” (p.548)

La investigación de la parapolítica: avances y bloqueos sin crisis del sistema 

“Sucre fue uno de los puntos de entrada de la investigación de la parapolítica que reveló vínculos estrechos entre paramilitares y políticos. El expediente por la masacre de Chengue y la situación en Sucre encendió las alertas de la justicia en 2005, cuando Vicente Castaño, comandante paramilitar, declaró lo siguiente en la revista Semana: «Creo que podemos afirmar que tenemos más del 35 por ciento de amigos en el Congreso. Y para las próximas elecciones vamos a aumentar ese porcentaje de amigos»” (p.550)

“La afirmación de Castaño, reforzada públicamente por Salvatore Mancuso, dio paso a una denuncia que llevó a que la Corte Suprema iniciara la investigación que creó la Comisión Especial de Apoyo Investigativo de nueve magistrados auxiliares. Esta investigación amplió la visión de estudiar de forma aislada los casos y se concentró en comparar los resultados electorales y la presencia de grupos armados irregulares, lo que hizo emerger las alianzas entre grupos armados paramilitares y los políticos, no solo a nivel local o regional, sino nacional. Sin embargo, la revelación de que más de una tercera parte del Congreso tenía relación con el paramilitarismo no generó una crisis política de la magnitud de los hallazgos judiciales, ni suficiente cuestionamiento de la democracia o los partidos que tenían alianzas con el poder ejecutivo. Todo quedó en la voluntad de investigar de la Corte Suprema de Justicia” (p.550)

“Sin embargo, al menos desde 2007, el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) infiltró a la Corte Suprema de Justicia, en un contexto en el que, además, desde el poder ejecutivo se cuestionó su labor. Los magistrados de la Corte Suprema, así como los líderes relevantes del movimiento de los derechos humanos, políticos y algunos empresarios, fueron sometidos a vigilancia y control ilegal de sus comunicaciones por parte del DAS” (p.550)

Tanto la Corte Suprema de Justicia como el Consejo de Estado se han pronunciado en diez sentencias sobre este particular. Si bien en varias de ellas se refieren a la actuación del DAS desde 1987, entre 2002 y 2009 se dio una concentración significativa de hechos delictivos. Teniendo en cuenta que el DAS hacía parte del Ejecutivo, la mayor cantidad de casos (25 casos con condena de un total de 40) se presentó durante los dos periodos presidenciales de Álvaro Uribe Vélez.” (p.551)

Ataques al poder judicial: jueces, Fiscalía, CTI 

“Muchos funcionarios han ofrendado sus vidas y dedicado sus carreras a investigar los hechos para tratar de dar una respuesta a las víctimas y hacer rendir cuentas a los responsables. Sin embargo, en diversos momentos históricos, los avances en la justicia fueron frenados mediante ataques, asesinatos, presiones, cooptación y asedio contra testigos y operadores del sistema de justicia (jueces, abogados, funcionarios judiciales, policía judicial y víctimas)” (p.552)

“En los años ochenta, el actor más violento fue el narcotráfico. En un contexto en el que los carteles luchaban entre sí por el mercado y Pablo Escobar y los extraditables desataron la guerra, funcionarios o policías que se atrevieron a investigar al narcotráfico fueron asesinados. También hubo lazos de los grupos criminales con sectores de las Fuerzas Armadas, políticos y empresarios a través de sobornos o so pena de muerte. Convertir a la justicia en objetivo de sus escuadrones de la muerte fue su prioridad para neutralizar las investigaciones contra los capos del narcotráfico y sus aliados como parte de su guerra contra la extradición a Estados Unidos” (p.552)

“El empleo de la violencia contra los funcionarios de la justicia incluyó ataques contra sus carreras, su estabilidad laboral y su buen nombre y trayectoria a través de hostigamientos o tácticas de acoso laboral. Una de las estrategias más utilizadas ha sido el traslado de funcionarios que adelantan investigaciones sensibles a zonas «rojas». Esto sigue pasando en la Fiscalía. «El traslado es el castigo más grave que tiene la Fiscalía», le dijo a la Comisión una exfuncionaria que trabajó casos de derechos humanos. También se ha expulsado a investigadores de sus cargos o se han abierto procesos disciplinarios y penales en contra de estos cuando se han acercado a grandes responsables de la criminalidad. Varios exfuncionarios entrevistados por la Comisión en su momento fueron declarados insubsistentes y salieron exiliados. En muchos de estos casos, las amenazas no vinieron solamente de quienes eran objeto de las investigaciones judiciales, sino de la propia Fiscalía General de la Nación” (p.554)

“No se conocen en detalle la mayoría de las historias de esos funcionarios judiciales que entregaron su vida y su integridad física en favor de la justicia. Solo han tenido despliegue algunos casos de connotación política. Es una obligación del Estado y, sobre todo del poder judicial, contarles a las nuevas generaciones de colombianos cómo le hicieron frente a la impunidad, en momentos en los que las propias autoridades fueron insuficientes ante el delito. En síntesis, en diversos momentos del conflicto armado, la justicia se vio atacada por distintos grupos armados, paramilitares y guerrillas, y también directamente por las propias Fuerzas Militares” (pp.554-555)

Bloqueo de las investigaciones sobre narcoparamilitarismo y ataques a la justicia 

“La investigación sobre las masacres derivó en amenazas contra la jueza y en tres atentados mientras trataba de buscar apoyo en el propio Estado para su seguridad. En una reunión con el ministro de Defensa de la época para evaluar su caso, en lugar de apoyo, la jueza recibió amenazas para que no siguiera su investigación: «Primero me dijo que las investigaciones se caían no solamente por las pruebas, sino también por la persona del juez, que la persona de la juez podía ser o corrupta o inepta. Entonces, cuando yo le dije que no entendía, me dijo que todo el mundo tenía un talón de Aquiles. Le dije que yo no tenía talón de Aquiles y me dijo que si no tenía, me lo encontraban, que se podía encontrar droga en mi carro o demostrar que yo era una inepta para ejercer ese cargo. Esto entre muchas otras cosas, pero resumiendo, que, en últimas, él, ellos, los militares, estaban en capacidad de desconocer mi autoridad como juez de la República, la autoridad de todos los jueces de la República juntos, y que fuera y le contara lo que él me estaba diciendo a quien tuviera que contarle, a quien yo quisiera contarle»” (pp.557-558)

“La mayoría de estas masacres de 1988, y las consumadas en años siguientes, mostraron la relación del narcotráfico con un paramilitarismo contrainsurgente. La mayoría de ellas, sin embargo, se disfrazaron como enfrentamientos entre el EPL y las FARC-EP. En ellas estuvieron implicados sicarios de las escuelas de entrenamiento del mercenario israelí Yair Klein y militares del batallón Voltígeros. La estructuración de estos mecanismos contrainsurgentes apareció en el escenario judicial a partir de ese momento. El padre de la jueza a cargo de la investigación fue asesinado cuando ella estaba en el exilio. En julio de 1989, la jueza María Elena Díaz, quien asumió el caso dos meses después de que su compañera saliera del país, fue asesinada en Medellín. En este caso, la violencia contra los jueces generó un efecto disuasivo entre los jueces subsiguientes. Muchas decisiones previas se revirtieron precisamente por esta razón” (p.558)

“En enero de 1989, una comisión de dos jueces de instrucción criminal, sus secretarios, seis agentes de la Policía Técnica Judicial y dos conductores fue masacrada en el caserío de La Rochela, en el municipio de San Vicente de Chucurí, en Santander. La comisión había ido a la zona a investigar la desaparición de 19 comerciantes en 1987. En dichos hechos estuvieron involucrados grupos paramilitares del Magdalena Medio en connivencia con miembros de las Fuerzas Armadas. La masacre fue un hecho traumático no solo para sus familiares, sino para todo el sector justicia” (p.558)

“Otro caso que puso en evidencia la estrecha relación del narcoparamilitarismo con sectores de las Fuerzas Armadas fue la masacre de Trujillo, en el Valle. Esta incluyó una continuidad de hechos de violencia contra la población civil entre 1986 y 1994. Fue una agresión caracterizada por episodios de torturas, asesinatos y desapariciones forzadas. Se usaron métodos de sevicia extrema, que incluyó el uso de motosierras para desmembrar a las víctimas, antes de arrojarlas a las aguas del río Cauca” (p.559)

“La persecución posterior a los acontecimientos, sumada a la ausencia de investigaciones, evidencian una recurrente falta de justicia. Por eso fueron tan importantes las acciones de los magistrados, jueces, fiscales o funcionarios que pagaron con su vida o su seguridad personal su compromiso con la verdad, la justicia y la democracia. No pudieron concluir su tarea de desmantelar los mecanismos del terror, pero se adelantaron en una tarea que nunca es tarde para un Estado que tiene la obligación de reconciliarse con las víctimas a través de la verdad” (p.560)

Justicias de excepción que prolongaron impunidad 

“Las justicias de excepción en el marco del Estado de Sitio fueron creadas o utilizadas para atacar a la criminalidad, pero inclinaron la balanza del lado militar y sacrificaron el debido proceso. La justicia penal militar se utilizó durante décadas como un mecanismo para juzgar a civiles o miembros de la fuerza pública acusados de violaciones de derechos humanos” (p.562)

“Durante los años ochenta, persistieron los consejos verbales de guerra en los que militares juzgaron a civiles con poca imparcialidad a la hora de administrar justicia. También proliferaron serias denuncias de torturas, anulación del derecho a la defensa y falta de independencia e imparcialidad, pues las actuaciones estuvieron determinadas por la actuación de los militares como juez y parte en el conflicto” (p.562)

“La expedición del decreto 1923 de 1978, conocido como el Estatuto de Seguridad, durante el gobierno de Julio César Turbay, fue el punto cumbre del esquema de la justicia penal militar para enfrentar los problemas de orden público y los reclamos de impunidad. En 1980, la justicia penal militar llevaba 334 Consejos de Guerra Verbales por diferentes delitos que figuraban en el Estatuto. La aplicación de este Estatuto de Seguridad provocó una crisis de derechos humanos que atrajo atención internacional. El uso de las torturas durante los interrogatorios, los allanamientos sin previa orden judicial y el incremento de las desapariciones ratificaron la notoria influencia militar en los derroteros de la justicia. En síntesis, se insertó una forma de derecho que operó bajo una doctrina de guerra, con una profunda afectación al propio sentido de la justicia” (p.563)

“Los organismos de inteligencia han usado en varios momentos la versión de que las denuncias de violaciones de derechos humanos son parte de una supuesta «guerra jurídica» como pretexto para deslegitimar estas denuncias y cuestionar las investigaciones como si se tratara de una cruzada de sus opositores de la guerra en el campo penal… Relacionado con esto, es importante notar que tampoco se ha escrito la historia de los defensores de derechos humanos, abogados de presos políticos o miembros de las guerrillas o litigantes contra las Fuerzas Armadas asesinados, amenazados o bloqueados para el cumplimiento de su deber. Esto es, de la defensa de los presos políticos que se volvió objetivo militar del movimiento Muerte a Secuestradores (MAS), en los ochenta, o de la que, en los noventa, fue testigo de las luchas de defensores ejemplares como Eduardo Umaña y Jesús María Valle, asesinados por su obsesión por defender la vida y el respeto a los derechos humanos. Todas estas personas fueron asesinadas por insistir en el acceso a la justicia como un derecho fundamental, sobre todo ante las violaciones a los derechos humanos” (p.564)

Excepciones normalizadas 

“Las medidas políticas llamadas «de mano dura» han sido en otros momentos mecanismos de excepción. Con estas, el respeto por los derechos humanos se ha visto vulnerado. Uno de esos mecanismos ha sido las detenciones arbitrarias, a veces masivas, sin pruebas ni acusaciones específicas, contra personas consideradas sospechosas por su pertenencia grupal o geográfica” (p.567)

“Históricamente, diferentes obstáculos han impedido el acceso a la justicia de la población colombiana. Un estudio del DANE de 1985 mostró que solo se denunció el 20,9% de los delitos registrados. En otras palabras, el 79,1 % de la criminalidad no se denunciaba. La baja tasa de denuncia en 1985 se debía a la ausencia de pruebas (37,5%), la inoperancia de la justicia (23,2%), lo complicado de los trámites (13,3%), el desconocimiento de los trámites (6,3%), el temor a represalias (6,3%), la ausencia de autoridades (6,3%), la vergüenza (1,6%), la ignorancia o inacción (5,8%)” (p.568)

“Estos datos son similares a los que encontró el Departamento Nacional de Planeación (DNP) en la Encuesta de Necesidades Jurídicas en Colombia –-la más grande de este tipo que se ha hecho hasta el momento en Colombia–, en 2016. Según esta encuesta, el 32,36% de quienes tuvieron un problema relacionado con el conflicto armado no denunció ni hizo nada para solucionarlo, el 66,36 % lo gestionó a través de una entidad o persona cuya gestión era reconocida y permitida por el Estado para solucionar el problema y el 1,28 % a través de acuerdo entre las partes” (p.569)  

El impacto en las víctimas de la impunidad 

“A las trabas del nudo burocrático de los procesos, se han sumado los costos financieros y emocionales, los riesgos de seguridad y las cargas manifiestas e invisibles de persistir en la justicia. En gran parte de los casos de violaciones de derechos humanos, la investigación casi ha dependido por completo de las víctimas. En ese contexto, las búsquedas de justicia están mediadas por la precariedad en las condiciones de vida de las personas, a quienes en la práctica se les imposibilita acudir a diligencias judiciales sin arriesgar sus vidas o usar recursos importantes” (p.571)

“En síntesis, no hay una presencia robusta de la justicia. El hecho de que esta escasee en los territorios representa una enorme deuda del Estado, que se traslada a las zonas indígenas, a las comunidades afrodescendientes y a la jurisdicción de menores. La imagen es la de un laberinto de normas y recursos que, en el apartado de juzgar las responsabilidades de la guerra y las violaciones a los derechos humanos, evidencia una falencia histórica y un factor de persistencia frente al conflicto armado. La mejor alternativa contra la guerra es la justicia. Su ausencia ha sido determinante para que persistan las dudas respecto a la defensa del Estado y los compromisos de la sociedad para respaldarlo a sabiendas de sus omisiones en el deber de hacerla cumplir” (p.572)

“El control de las poblaciones a través de la violencia se sintetiza en la determinación de «dejar las cosas así». El impacto de la ausencia de justicia, visto como fenómeno de «impotencia aprendida», se traduce en una cultura de la impunidad en la que las víctimas aprenden que no pueden hacer nada porque se enfrentan a personas o grupos de poder y las consecuencias de las investigaciones pueden traer más presiones y amenazas que soluciones” (p.572)

“Muchas víctimas han expresado a la Comisión que en las violaciones hay un doble impacto: el daño derivado de los hechos y la ausencia de una respuesta social de justicia. La impunidad es un factor de victimización, pues transmite menosprecio por las vidas de las víctimas que sienten que lo que les pasó a nadie importa. La acumulación histórica de esta sensación ha causado desafección y falta de credibilidad en las instituciones” (p.573)

La impunidad afecta la verdad y la reparación 

“Parte del sentido de justicia es el conocimiento de la verdad. La motivación de muchas víctimas que buscan justicia no es solo el castigo a los responsables, sino saber qué pasó, cómo y por qué. La falta de respuestas supone también la exclusión, la convicción de que hay una ciudadanía sin derechos que no lo es. Por otra parte, para muchas víctimas que escuchó la Comisión, lo que los familiares querían era que un tribunal determinara que lo que denunciaron, a veces durante décadas, era cierto. La justicia es también una forma de sanción social y validación social del sufrimiento y de su lucha. La ausencia de investigaciones permite que se sedimenten diferentes justificaciones frente a los crímenes” (p.574)

“Ante la falta de justicia, la mayor parte de las víctimas descartaron toda forma de venganza. Algunas personas para no caer en una espiral de odio, otras por buscar la justicia a través de las instituciones o por no querer seguir sus vidas psicológicamente atadas a los responsables y tratar de rehacerse mediante acciones positivas por sus comunidades” (p.576)

La relación entre verdad y justicia 

“La guerra ha sido un distorsionador del delito político. De hecho, la Constitución de 1991 dejó claro el alcance de los delitos políticos como excepción para poder ejercer la labor de congresista, en consonancia con la tesis acogida en los procesos de paz de los años 80 y 90, bajo el esquema del indulto y la amnistía en contraprestación a la entrega de las armas. No obstante, en busca de intersticios de reconocimiento político, el tránsito al modelo de justicia transicional que se estrenó con la ley de Justicia y Paz trajo consigo la posibilidad de disminuir las penas por hechos considerados violaciones de derechos humanos o crímenes de guerra a través de una contribución completa a la verdad y el reconocimiento de responsabilidad y compromiso en la reparación a las víctimas” (p.577)

El papel de la extradición en el conflicto armado interno 

“En los años ochenta, la extradición de colombianos a Estados Unidos se convirtió en el detonante de una guerra y luego en una herramienta judicial de injerencia. Se aprobó en 1979, en el gobierno de Julio César Turbay y la ley aprobatoria se dio al año siguiente. De inmediato, los carteles del narcotráfico entraron a la ofensiva. Varias veces fue demandada la ley, pero la Corte Suprema de Justicia respaldó su constitucionalidad. Por eso, los magistrados de la Corte fueron amenazados. Once de ellos murieron en el holocausto del Palacio de Justicia” (p.579)

“El asesinato del ministro de justicia Rodrigo Lara Bonilla, en abril de 1984, precipitó la guerra contra el narcotráfico. La forma de contestar del presidente Belisario Betancur fue anunciar la aplicación del Tratado de Extradición con Estados Unidos. «Basta ya, enemigos de la humanidad», fueron las palabras que usó para esgrimirla. La réplica de la mafia fue la organización de Los Extraditables, que, en medio de su violencia terrorista, empezó a firmar sus boletines con una consigna: «Preferimos una tumba en Colombia que una cárcel en Estados Unidos»” (p.579)

“En resumen, durante una década, Colombia circuló en torno a la disyuntiva de la extradición. Esta pasó de ser una herramienta jurídica tradicional entre gobiernos para perseguir el delito a convertirse en el arma fundamental para enfrentar a los narcotraficantes. Su aplicación puso al país en la órbita de las decisiones de Washington. Entre 1991 y 1997, no hubo extradición de colombianos a Estados Unidos, pero desde Washington no cesó la presión por recuperarla. La agenda exterior quedó atravesada por esa deuda pendiente, que se volvió inatajable a partir del escándalo de la financiación de la campaña presidencial de Ernesto Samper por parte del cartel de Cali. El restablecimiento de la extradición fue el último componente de varias acciones del Estado para preservar sus relaciones con Estados Unidos” (579-580)

“Al tiempo que Estados Unidos tuvo en sus listas negras a Colombia y descertificó su comportamiento antinarcóticos –con advertencia de represalias económicas incluida–, en la era Samper se aprobó una ley de extinción de dominio de capitales ilícitos, se incrementaron las penas por narcotráfico, se revisaron las normas de persecución marítima y se restableció la extradición de colombianos. Samper terminó sin visa, lo mismo que el primer Fiscal General de la Nación, Gustavo de Greiff. En adelante, la extradición fue usada como un mecanismo de presión” (p.580)

“Durante el gobierno de Andrés Pastrana, en sus vaivenes entre la guerra y la paz, esta permitió develar que el narcotráfico no era un asunto de mafias, sino que cruzaba a lo largo y lo ancho del conflicto armado y desde tiempo atrás había entrado en la vía contrainsurgente de la mano de la relación con las Fuerzas Armadas, sectores empresariales y políticos. Durante el proceso de paz con las FARC-EP, en la región del Caguán, Estados Unidos pidió en extradición a los principales jefes del paramilitarismo, Carlos Castaño, Salvatore Mancuso, Diego Murillo Bejarano y Carlos Mario Jiménez, alias Macaco” (p.580)

“En paralelo, ante el fracaso de las conversaciones de paz con las FARC-EP, el gobierno Pastrana y Estados Unidos pusieron en marcha el plan B que unió la lucha contrainsurgente con la guerra antidrogas: el Plan Colombia. Hasta ese momento, el narcotráfico era un asunto del resorte de la Policía, pero a partir de ahí pasó a ser de las Fuerzas Armadas, lo que cruzó la guerra con el narcotráfico. En el tiempo de Álvaro Uribe, la extradición a Estados Unidos alcanzó niveles desbordados y multiplicó su incidencia como elemento de disputa política y judicial. En seguimiento del Plan Colombia, bajo la denominación del gobierno Uribe como Plan Patriota o Plan Consolidación, la extradición fue el elemento central en la relación con Estados Unidos. Toda la cúpula de las FARC-EP, su secretariado y sus comandantes fueron requeridos por la justicia norteamericana” (p.580)

“En mayo de 2008, cuando las verdades reveladas hacían crujir las estructuras políticas del país en el escándalo de la parapolítica, el gobierno colombiano extraditó a Estados Unidos a los catorce principales jefes del paramilitarismo. Las víctimas de estos comandantes de las AUC reclamaron sus verdades, pero la extradición ya había entrado en otra lógica. De la noche a la mañana, los señalados de narcotráfico cambiaron su consigna. Los narcos puros, después de delinquir por años en Colombia, prefieren ir a Estados Unidos, negociar sus penas con la justicia norteamericana y saldar sus cuentas sin hacerse responsables de sus deudas pendientes con Colombia” (581)

“Para resumir, la extradición es una figura jurídica que ha permitido a Estados Unidos incidir en todos los gobiernos desde 1979 hasta la fecha. Por lo mismo, esta genera dudas razonables en términos de soberanía judicial, así como en lo que se refiere a la posible ausencia de garantías para el ejercicio del derecho a la verdad por parte de las víctimas… La extradición ha sido enmarcada como un eficaz mecanismo de cooperación judicial entre las dos naciones en la lucha contra el narcotráfico, pero también ha sido la vía de entrada de las agencias de inteligencia norteamericanas en el universo judicial de Colombia. La Fiscalía y las Fuerzas Armadas trabajan en estrecha alianza con Estados Unidos, y el comodín para saldar los compromisos es la extradición” (p.581)  

Conclusiones 

“La impunidad ha sido un mecanismo de persistencia desde el inicio del conflicto armado… La militarización de la justicia, en vez de contribuir a la lucha contra la impunidad, derivó en el desconocimiento del debido proceso” (p.582)

“Lo que se concluye es que el Estado en diferentes ocasiones ha dado blindaje judicial al sistema imperante y poderes militares, económicos y políticos. La continuidad de estos mecanismos excepcionales para el poder judicial constituye claramente un retroceso para el estado de derecho” (p.583)

“En medio de tantos apremios, sin embargo, existen muchísimos ejemplos de resistencia y arrojo para hacerle frente a la impunidad. Por eso, la historia de la justicia en Colombia es también la historia de muchos hombres y mujeres que han pagado con sus vidas o el destierro el costo de enfrentar a los colosos de la violencia y sus tentáculos. Gracias a ellos, queda un remanente de confianza: el de una justicia reparadora y restaurativa que vuelva al estado de cosas a la razón de ser de la justicia en una sociedad, que no es otra que la protección de las víctimas. La paz empieza en la justicia, así como la guerra comienza en la impunidad” (p.586)

“La guerra necesita de la impunidad para crecer. Por eso ha sido un factor de persistencia en el conflicto. Su continuidad ha sido alimentada por ataques a la justicia, la persecución a las víctimas, desidia institucional, desconfianza y desestructuración del Estado. Se ocultan, se silencian, se estigmatizan y se callan las voces que claman justicia. La impunidad es un problema de vieja data, con raíces entrelazadas con las violencias estructurales” (p.586)

Análisis

El uso de la violencia por parte de los perpetradores busca desanimar a las víctimas para que no denuncien los atropellos y crímenes que contra ellos se cometen. Por tanto, es obvio que sin denuncias la justicia no puede operar, creándose así una cultura de abuso del más fuerte, mientras a las víctimas no les queda más remedio que aceptar su triste realidad, pero con odio y rencor interiorizados, y una completa desesperanza acerca de las acciones que debiera adelantar el Estado para protegerlas.

De otra parte, los ataques y amenazas a jueces, magistrados y defensores de derechos humanos inhiben la acción de la justicia, creando resquemor, odio y desilusión en los ciudadanos para hacer valer sus derechos. Desafortunadamente el poder politico es el agente que mueve la corrupción, y se nutre de ella, en alianza con los poderosos que siempre salen ilesos.

Además, al faltar procesos serios y técnicos de investigación, o cuando el agente encargado de realizarla se corrompe, hace que prevalezcan las negaciones y las justificaciones acomodadas frente a las violaciones de derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad, perpetuándose así la impunidad.

Recomendación

Frente a las aspiraciones de un Estado social de derecho, plasmadas en la Constitución de 1991, al confrontarlas con lo que es la realidad después de 30 años de vigencia, muestran que las instituciones previstas para la protección del ciudadano y de sus derechos, tales como las acciones de Tutela, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y la Fiscalía, requieren de un rediseño que neutralice y prevenga la corrupción.

De otra parte, los convenios de extradición con otros países deben sujetarse al juzgamiento preliminar en Colombia de los delitos cometidos en Colombia, confesando o probándosele los delitos para garantizar los derechos de las víctimas, sin perjuicio de que sean posteriormente procesados en otros países, antes que ceder su soberanía judicial.

Referencia


(*) "Hay futuro si hay verdad", Informe Final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. Primera edición, Bogotá, Colombia, Comisión de la Verdad, 2022. ISBN 978-958-53874-5-4

Nota: La Comisión de la Verdad fue creada en el Acuerdo de Paz firmado por el gobierno nacional y las FARC-EP en noviembre de 2016, como un organismo extrajudicial, temporal y como uno de los pilares del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición. Dicha Comisión fue integrada por once comisionados, los cuales fueron seleccionados en noviembre de 2017 y comenzaron a funcionar oficialmente en mayo de 2018. 

 

 

 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Oración por la Paz en Colombia

Padre, Tú eres un océano de paz y nos regalas por medio de tu Hijo Jesucristo y por la acción del Espíritu Santo este don, y lo siembras en ...